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Constitución de Sociedad Anónima

Sociedad Anónima es aquella que tiene el capital dividido y representado por acciones. La responsabilidad de cada accionista está limitada al pago de las acciones que hubiere suscrito. La sociedad anónima se identifica con una denominación, la que puede formarse libremente, con el agregado obligatorio de la leyenda “Sociedad Anónima”, que puede abreviarse S. A. Algunas características particulares de este tipo de sociedad son:

– El capital autorizado de una sociedad anónima es la suma máxima que la sociedad puede emitir en acciones.
– En el momento de suscribir acciones es indispensable pagar por lo menos el 25% de su valor nominal.
– El capital pagado inicial de la sociedad anónima debe ser por lo menos de Q200.00.
– Sus órganos son la Asamblea General y el Consejo de Administración.

Requisitos

Inversión Q6,000.00

¿Qué obtendrá el cliente?

Renovación de Representante Legal por Vencimiento de Plazo

Los nombramiento de los Administradores Únicos y Representantes Legales de las sociedades anónimas según nuestra legislación guatemalteca, tienen un plazo máximo de vigencia de 3 años, por lo que al transcurrir dicho plazo se deberá de cancelar el que venció y realizar todas las gestiones para la inscripción de la nueva Acta Notarial de Nombramiento ante el Registro Mercantil.

Requisitos

Inversión Q1,250.00

¿Qué obtendrá el cliente?

Cancelación de Representante Legal

El nombramiento de administrador es revocable por la asamblea general en cualquier tiempo, sin necesidad de expresión de causa, mediante acuerdo adoptado por una asamblea general.

Requisitos

Inversión Q1,000.00

¿Qué obtendrá el cliente?

Acta Notarial de Asamblea General y Certificación de Punto de Acta.

La Asamblea General de Accionistas es el máximo órgano social de la Compañía y se compone de los accionistas inscritos en el Libro de Registro de Accionistas, o de sus representantes o mandatarios. Su funcionamiento y atribuciones se encuentran reglamentados por la Ley y por los estatutos de la Sociedad.

Clases de Asambleas

  1. Ordinarias: tiene carácter periódico y contenido mínimo. su celebración es de carácter obligatorio por lo menos una vez al año.
  2. Extraordinarias: su celebración es discrecional y no periódica. son para casos en que se deba modificar la escritura social o cuando sea necesario. esta tiene una obligación posterior a la celebración de una asamblea extraordinaria. de inscribir en el registro mercantil en el término de 15 días siguientes.
  3. Especiales: En las asambleas especiales se aplicarán las reglas de las ordinarias y serán presididas por los accionistas que designen los socios presentes.
  4. Totalitarias: no hay más convocatoria y son las más utilizadas (extraordinaria totalitaria porque omiten el aviso de convocar.)

Requisitos

Inversión Q350.00

¿Qué obtendrá el cliente?

Declaración Jurada

Es una manifestación escrita o verbal cuya veracidad se asegura mediante el juramento ante un Notario Público, quien lo hace constar en un acta notarial. Esto implica que el contenido de la declaración sea tomado como cierto hasta que se demuestre lo contrario. Es fundamental que se expongan todos los hechos de forma clara y concisa.

En Guatemala las Declaraciones juradas se utilizan para algunas relaciones con el Estado o bien para hacer constar un hecho, por ejemplo:

  1. Para poder participar en un evento de Guatecompras se debe realizar una declaración jurada, en la que se indique que el oferente no es deudor moroso del estado, el compromiso del oferente a las bases del evento en el que está participando, entre otras.
  2. También se utilizan en trámites del Misterio de Trabajo para declarar que una persona extranjera contrajo matrimonio con una persona guatemalteca o bien, que tiene un hijo guatemalteco.

Es importante tener en cuenta que, si una persona realiza una declaración jurada con datos falsos u omisiones maliciosas se puede incurrir en el delito de perjurio, que consiste en “declarar la verdad ante autoridad competente y faltare a ella con malicia”.

Requisitos

Inversión Q250.00

¿Qué obtendrá el cliente?

Compra Venta de Acciones de Sociedad Anónima.

Para conferir certeza jurídica se recomienda realizar una Compra Venta de títulos Acción en Escritura Pública

Requisitos

Inversión Q1,500.00

¿Qué obtendrá el cliente?

Inscripción de Empresa Mercantil de Persona Individual.

Según el Código de Comercio de Guatemala empresa mercantil es el conjunto de trabajo, de elementos materiales y de valores incorpóreos coordinados, para ofrecer al público, con propósito de lucro y de manera sistemática, bienes o servicios.

Requisitos

Inversión Q500.00

¿Qué obtendrá el cliente?

Inscripción de Empresa Mercantil de Persona Jurídica

Según el Código de Comercio de Guatemala empresa mercantil es el conjunto de trabajo, de elementos materiales y de valores incorpóreos coordinados, para ofrecer al público, con propósito de lucro y de manera sistemática, bienes o servicios.

Requisitos

Inversión Q500.00

¿Qué obtendrá el cliente?

Legalización de Documentos

Conocido también como auténtica, es conferir legalidad y certeza jurídica a la copia de un documento.

Requisitos

Inversión Q125.00

¿Qué obtendrá el cliente?

Legalización de Firmas (Auténtica)

Conocido también como auténtica, es conferir legalidad y certeza jurídica a la firma de las personas en diversos documentos.

Requisitos

Inversión Q150.00

¿Qué obtendrá el cliente?

Contrato de Arrendamiento de Bien Inmueble en Documento Privado

Contrato por medio del cual una persona llamada arrendador o arrendante, se obliga a entregar temporalmente a la otra, denominada arrendatario, un inmueble para que la posea a nombre del arrendador y la use para el destino convenido por una renta determinada.
Se encuentra regulado en el Código Civil Decreto 106 del Congreso de la Republica. Específicamente en el artículo 1880, el cual establece lo siguiente: “El arrendamiento es el contrato por el cual una de las partes se obliga a dar el uso o goce de una cosa por cierto tiempo, a otra que se obliga a pagar por ese uso o goce un precio determinado”.
El arrendador.
Es la persona que se obliga a entregar a otra una cosa para su uso temporal, a cambio del pago de una renta. Debe ser persona capaz y tener libre disposición sobre el bien que desea dar en arrendamiento.
El arrendatario.
Es la persona a quien el arrendador confiere el uso temporal de un bien a cambio del pago de una renta.

Requisitos

Inversión Q500.00

¿Qué obtendrá el cliente?

Mandatos

El mandato es el contrato por el que una persona se obliga a realizar actos relativos a la gestión de uno o varios asuntos, con retribución o sin ella. El Artículo 1686 del Código Civil, estipula “Por el mandato, una persona encomienda a otra la realización de uno o más actos o negocios”.

Requisitos

Inversión Q1,250.00

¿Qué obtendrá el cliente?

Carta Poder de Vehículo o Menor de Edad

La carta poder o carta de poder se utiliza para otorgar la facultad o autorización a una persona de realizar ciertas acciones en nombre de otra.

Requisitos

Inversión Q350.00

¿Qué obtendrá el cliente?